La Carta de Amiens. El punto de partida del sindicalismo revolucionario

Se cae con frecuencia en el defecto de referirnos a datos, personas o acontecimientos, oídos de boca en boca, sin tomarnos la molestia de buscar las fuentes directas que puedan confirmar o aclararnos esas informaciones. En lenguaje llano, se dice que eso es «hablar por boca de ganso». Y no anda muy descabellado el refranero, ya que son muchos los «eruditos» que ensartan cita tras cita, sin tomarse la molestia de procurar al lector la imprescindible explicación de esas reiteradas referencias.

Uno de esos documentos que se invoca con frecuencia no solo por «historiadores» y comentaristas, más atentos a abrumar de citas sus escritos o rellenar de efectismos sus parlamentos, que en expresar inteligiblemente sus argumentos, es la CARTA DE AMIENS, como pieza fundamental y punto de partida para entender la historia del movimiento obrero. Y, ciertamente, que la citada Carta contiene ideas y propósitos tan diáfanos y categóricos, que a más de un siglo de su adopción, siguen teniendo vigencia y aplicación y manteniendo íntegra la razón de sus argumentos. Por eso, hemos creído interesante ofrecerla en estas páginas, como un documento valioso de la lucha obrera tan mal entendida y conocida por propios y extraños.

Carta de Amiens

Entre los días 8 y 16 de octubre de 1906 se celebró en la ciudad francesa de Amiens el XV Congreso Nacional de la Confédération Générale du Travail (CGT), una organización sindical fundada en Limoges en septiembre de 1895, en la que destacaba un personaje, Fernand Pelloutier, inspirador en 1892 de las Bourses du Travail. En este congreso se aprobó una resolución, conocida como la Charte d’Amiens, que sentó los principios del sindicalismo revolucionario.

Fundación de la CGT en Limoges (1895)

Acuerdo del Congreso

El Congreso Confederal de Amiens ratifica el artículo 2 de la constitución de la CGT

La CGT agrupa, al margen de toda escuela política, a todos los trabajadores conscientes de la lucha a realizar para conseguir la desaparición del sistema de salarios y de la clase patronal. El Congreso considera que esta declaración es un reconocimiento de la lucha de clases que enfrenta, en el terreno económico, a los trabajadores en protesta revolucionaria contra todas las formas de explotación, tanto material como moral, empleadas por la clase capitalista contra la clase obrera.

El Congreso concreta esta afirmación teórica en los siguientes puntos:

En la obra reivindicativa diaria, el sindicalismo persigue la coordinación de los esfuerzos de los obreros, el aumento del bienestar de los trabajadores por la conquista de las mejoras inmediatas, como la disminución de las horas de trabajo, el aumento de sueldos, etc.

Pero esta tarea es solamente un aspecto del sindicalismo: tiende y prepara la emancipación total, que podrá verse realizada únicamente por la expropiación de los capitalistas; preconiza como medio de acción la huelga general y considera que el sindicato, hoy grupo de resistencia, será, en el futuro, una asociación de producción y de distribución, base de una reorganización social.

El Congreso declara que este doble objetivo, presente y futuro, se desprende de la situación salarial que pesa sobre la clase obrera y que impone a todos los trabajadores, cualesquiera que sean sus opiniones o tendencias políticas o filosóficas, el deber de pertenecer al grupo esencial, que es el sindicato.

En consecuencia, en cuanto a los individuos, el Congreso afirma la más entera libertad del sindicado para participar, fuera del grupo corporativo, a las formas de actuación y de lucha que estén de acuerdo con sus conceptos filosóficos o políticos, exigiéndole, a cambio, que no introduzca en el sindicato las opiniones profesadas fuera de él.

En cuanto a las Organizaciones, el Congreso decide que, para que el sindicalismo alcance su máxima eficacia, la acción económica se debe ejercer directamente contra el patronato. Las Organizaciones confederadas, como tales sindicatos, no se han de preocupar de los partidos ni de las sectas, que, fuera y al margen, pueden perseguir libremente la transformación social.

15.o Congreso Nacional Corporativo, 9.° de la CGT como Confederación, celebrado en Amiens, del 8 al 16 de octubre de 1906. Informe de los trabajos del Congreso. Amiens, Ed. de la CGT, 1906, págs. 170-171.

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Acerca de Polémica

El primer número de la revista Polémica se publicó en 1980 en Barcelona. Polémica se define como libertaria, desde una posición abierta y sin reconocer verdades absolutas ni doctrinas oficiales. Entendiendo lo libertario más como búsqueda de respuestas que como afirmación de principios, procurado siempre compaginar la firmeza en las convicciones propias con el respeto a las ideas de los demás. Esto nos ha permitido contar con un amplio y variado abanico de colaboradores. Polémica procura siempre ser rigurosa, sin sacrificar la objetividad a la propaganda fácil, ni el análisis a la comodidad del tópico consabido. Polémica siempre ha estado estrechamente comprometida con la realidad político social y con las luchas por la libertad y por una sociedad justa y solidaria.

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